
Es inútil poner puertas en el campo de La Internet.
Resulta muy complicado hacer valer unos derechos de difusión de una obra en un escenario donde la Información fluye libremente y donde poner puertas al campo es una pretensión vana. No tiene mucho sentido defender unos derechos reconocidos legalmente si para ello hay que criminalizar a toda la sociedad.
En este nuevo modelo de sociedad del conocimiento, los derechos de autor deberían buscar un equilibrio razonable entre derechos de autor y el resto de los derechos humanos en lugar de empecinarse en que los autores y sus nietos vivan de los royalties.
Las obras creativas son producto de un esfuerzo y sus autores merecen un retorno por algo que es muy beneficioso para la sociedad, pero en esta ecuación los intermediarios no cuentan. Los intermediarios no son algo beneficioso per se. Lo son si aportan servicios útiles. En la sociedad de la información estos son cada vez menos necesarios y continuar premiando su función con leyes excepcionales que perjudican la libertad de acceso a la información simplemente para que puedan continuar ganando grandes fortunas, no beneficia ni a la cultura ni a los autores ni a los consumidores.
El objetivo que debe ser perseguido por los derechos de los autores es el de contribuir a la mera sostenibilidad de los mismos. Esto no requiere el mantenimiento de todos los derechos de una obra decenas de años después del fallecimiento del autor. Por culpa de esta aberración se están perdiendo para todo el mundo muchas obras que quedan huérfanas. Esto deriva del concepto de Propiedad Intelectual que en sí mismo es un mal enfoque. Sería más apropiado habar exclusivamente de Derechos de Explotación porque estos no tienen tantas connotaciones negativas como el de Propiedad Intelectual. La propiedad de algo inmaterial que además puede ser copiado por cualquiera sin coste alguno es en realidad un artificio legal de imposible aplicación en estos tiempos. Por ello lo sano sería suprimirlo y hablar de derechos de explotación y de autoría.
Una ley que resulta imposible de hacer cumplir, solo sirve para enredarlo todo. La supresión de derechos fundamentales de los ciudadanos para garantizar el sostenimiento de modelos de negocios obsoletos previos a la aparición de Internet, representa un retroceso social en favor de una industria obsoleta. Los derechos humanos han de ser definidos de modo general, y han de ser los mismos para todos los ciudadanos, ya sea en Internet, en la calle, o en la intimidad de sus casas.
Si olvidamos esto seremos vigilados y viviremos bajo un estado policial donde las libertades se convertirán en un recuerdo de tiempos mejores.
Soluciones prácticas a la violación de derechos de autor.
Prohibir la reproducción en papel impreso es mucho más controlable que prohibir el intercambio de archivos. Los autores deben entenderlo y acoplarse a la realidad. Si no quieres que te copien, no publiques tus obras en formato electrónico PDF. Es así de simple.
Lo contrario equivale a dejar golosinas sin vigilancia a la puerta de un colegio y pedir que se respete la propiedad de las golosinas de alguien que las considera su mercancía.
La aparición del libro electrónico y de una serie de negocios que trabajan con obras en formato electrónico van a ocasionar numerosos problemas de derechos de autor de muy difícil solución porque son muchas las leyes que han quedado obsoletas y que no se han querido actualizar.
El mercadeo de obras en formato electrónico tiene sus riesgos.
La autoedición ahora se ve facilitada por la aparición de servicios integrales donde las obras son remitidas en formato electrónico y las empresas que ofrecen estos servicios actúan no solo como meras empresas de servicios, sino como auténticos coeditores que se hacen cargo de la comercialización de las obras y a cambio ofrecen una comisión a los autores de las mismas.
Por lo que yo he podido ver, la falta absoluta de transparencia y de garantías de estas empresas es enorme, y en caso de hipotéticos problemas relacionados con los derechos de autor, yo temo que con lo poco que sacan de cada autor, no les queda margen para en caso necesario actuar en defensa de unos autores, que en su mayoría son meros autoconsumidores de sus propias obras.
Esto es grave porque se supone que estas empresas que reciben estos documentos electrónicos son los custodios de los mismos, y no deben permitir que las obras caigan en malas manos. Pese a ello, redistribuyen estos documentos a otras empresas bien sea para proceder a imprimir obras o para ampliar la distribución de las mismas. Todo ello supone un riesgo para el autor de las obras, del cual este no suele ser consciente.
Ceder una obra en formato electrónico para que otro la gestione y esperar que no ocurra ningún problema durante un montón de años durante los cuales estos ficheros habrán pasado por demasiadas manos me parece de una gran ingenuidad. Máxime cuando de ocurrir algún incidente resultará muy difícil determinar quien vulneró esos derechos, porque la persona que lo haga será un empleado de alguna de las distintas empresas que tienen copia de los documentos electrónicos, y previsiblemente ninguna de las posibles empresas implicadas asumirá una deficiente gestión de esos patrimonios.
Poniendo los pies en la tierra.
No sirve de nada decir que nos gustaría que las cosas fueran de otra forma. Internet permite acercar los autores a sus lectores. Los intermediarios cada vez son menos necesarios y lo que para unos es un drama para otros es una oportunidad.
El copyright en Internet tiene una utilidad muy limitada. No digo que se deba renunciar a esos derechos, pero dejar las golosinas sin vigilancia a la puerta de un colegio es lo que pasa cada vez que colocas algo que es tuyo en Internet. Criminalizar a toda la sociedad no sirve de nada.
Mucho más inteligente que empecinarse en hacer valer unos derechos que se esfuman en Internet como por arte de magia, es buscar formas de obtener ingresos que no estén basadas exclusivamente en el cobro por derechos de autor. En el momento que se ofrece algo que tiene demanda puedes aplicar alguna estrategia que te permita sacar beneficios al margen del copyright, y son muchos los casos donde los beneficios generados son iguales o mayores que los que podrían obtenerse por copyright.
Sobre estos temas he leído un artículo cargado de sentido común que os recomiendo leer.
Modelos de negocio: Cómo ganar dinero en un mundo perfectamente copiable (I)
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