Blog multi-temático de Antonio Castro

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¿Permitir vivir del delito es el precio de un sistema garantista?

Imagen de un registro policial

Imagen de un registro policial

Me viene nuevamente esta pregunta a la cabeza consultando  LAS CIFRAS DE LOS DELITOS publicadas en el diario El Mundo, y me quedo con un par de datos:

  • El año pasado 15.000 comerciantes fueron víctimas de delitos en la Comunidad de Madrid.
  • Un total de 40 delincuentes acumulan 3.400 delitos.

Fue en el Código Penal de 1928 donde se recogió por primera vez la multirreincidencia. Sufrió varios cambios pero no fue hasta la reforma del Código Penal de 1983 que se produjo la eliminación de la multirreincidencia. Más tarde se optó por su reintroducción si bien recortando su aplicación a determinados supuestos, y no sé muy bien cuales han sido los cambios legislativos, respecto de la reincidencia hasta nuestros días, pero la situación actual, es la que acabo de describir con una clara tendencia en su progresiva limitación. Es decir, se contempla bajo ciertos supuestos que cada vez son menos, y ya hay muchas voces que incluso hablan de eliminarla nuevamente del todo.

Para algunos juristas que aducen una serie de consideraciones técnicas que se resumen en que la condición de agravante en el código penal se usa para otras cosas que inciden en el mayor nivel de injusticia aplicable al delito, y en que en la reincidencia no es ese el caso, olvidando toda consideración práctica y la razón de ser de la ley que en primer lugar debería ser la de proteger a las víctimas, pero es lo que hay y muchos juristas y políticos van en esa dirección..

Otros juristas más prudentes sostienen que el manteninimiento de la agravación por reincidencia únicamente sería aceptable en el supuesto de que se concediese al juzgador la posibilidad de apreciarla o no en consideración de las circunstancias todas que concurran en el delito y en el sujeto.

Es un tema delicado, y como es lógico muchos políticos y juristas tienen miedo de que se castigue la pobreza, ¿pero si fuera ese el caso, porqué no se dice claramente y se aplican los eximentes oportunos? ¿Acaso no queda claro que un violador reincidente no reincide por necesidades económicas? Lo mismo se puede decir de otros delitos en los que queda muy claro que el hambre, la pobreza y otras formas de fuertes dependencias, no tienen nada que ver con el motivo de los delitos, y son estos los que más indignan a las víctimas cuando tienen que soportar su propia indefensión.

La realidad es que las limitaciones legales (leyes poco adecuadas) y judiciales (lentitud de la justicia) están conduciendo a un nivel de impunidad alarmante, que se traduce en que unos pueden hacer del crimen su medio de vida y otros se ven totalmente desasistidos e indefensos ante una justicia que no da respuesta a sus necesidades más elementales.

Podemos estar orgullosos de nuestro nivel de garantismo, pero tampoco podemos caer en el extremo de negar los derechos de las víctimas frente a los delincuentes que cada vez son más violentos.

 

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8 comentarios

  1. Oriafontan

    A tenor del Art. 66 del actual CP la aplicación de la agravante (según Manuel Seco en su diccionario de dudas del español debe usarse como femenino) es potestativa del juzgador:

    «5ª Cuando concurra la circunstancia agravante de reincidencia con la cualificación de que el culpable al delinquir hubiera sido condenado ejecutoriamente, al menos, por tres delitos comprendidos en el mismo título de este Código, siempre que sean de la misma naturaleza, podrán aplicar la pena superior en grado a la prevista por la Ley para el delito de que se trate, teniendo en cuenta las condenas precedentes, así como la gravedad del nuevo delito cometido.»

    Observese que el artículo dice «podrán».

    En cuanto al tema en sí es interesante soy abogado pero no me dedico al penal pero lo realmente grave es que la policía nacional no tenga por ejemplo acceso a los expedientes de los Mozos de Cataluña y cosas así.

    El invento de las autonomías es nefasto para la Justicia entre otras cosas.

  2. admin

    Gracias por la corrección porque soy muy despistado con la ortografía, pero en esta ocasión no estoy muy convencido. De hecho sé que se usa en muchos textos legales tal como tú dices, y lo vi escrito como «la agravante», pero me sonaba fatal. Se trata de una circunstancia y por lo tanto de un femenino, pero fonéticamente resulta feo. Creo que en la práctica se admiten ambas formas, las palabras que empiezan por a, sean femeninas o no, usan el artículo masculino. Ej.: Se dice el agua cristalina y pura.
    Respecto a lo que comentas, para mí tan grave como esa descoordinación judicial es la enorme lentitud de la justicia. Una justicia lenta deja de ser justa.
    Un saludo.

  3. Antonio, yo tengo la impresión de que los políticos están puestos de adorno. Hacen el paripé, muchas leyes, mucha historia, pero a la hora de la verdad, cuando te toca a tí, tienes que recurrir a tu fuerza, a tu ingenio, a lo poco que tengas para resolver la papeleta. Es todo una mentira.

  4. admin

    Ese paripé les funciona. Centran su acción en los más necesitados y me parece bien, pero a cambio explotan a la ciudadanía, a la clase media trabajadora, en beneficio de una clase alta que aumenta continuamente su diferencial de riqueza respecto a la inmensa mayoría productiva de la sociedad. La loca carrera económica que hacen unos países contra otros se hace explotando a las clases trabajadoras y concentrando el poder económico en grandes monopolios financieros y empresariales que son los que están gobernando. Se sabe que la actual crisis la han producido los bancos y eso no es óbice para proteger a toda costa a los bancos y evitar así supuestamente un gravísimo desastre financiero. Esto necesariamente alcanzará un límite y reventará.

  5. Muy interesante el Blog. Lo añado a lista de blog favoritos.
    En cuanto al tema de la delincuencia, creo que es justamente el tema de la reincidencia la piedra de toque. Sólo un castigo disuasorio asociado a la reincidencia podría reducir la delincuencia a niveles razonables.
    Para una descripción más detallada de mi punto de vista sobre la delincuencia ver esta dirección: http://tertuliafilosoficatoledo.blogspot.com/2009/01/puede-acabarse-con-la-delincuencia.html
    Saludos.

  6. admin

    Hay trucos como el uso de menores, para eludir la acción de la justicia en un país garantista como el nuestro. Se trata de tener la voluntad política de atajar las deficiencias detectadas y no dedicarse solo a aquello que renta más votos. Garantismo sí, pero sin hacer el primo.

  7. Esto se soluciona considerando que no existe edad mínima para cometer un delito, sino que es la comisión de un delito la que atomaticamente incluye al ejecutor en objetivo de la justicia. Se trataría en cada caso de tomar las medidas oportunas para que ese menor no volviera a delinquir, modificando sus circunstancias ambientales o privándolo de libertad, según los casos.
    Saludos.

  8. admin

    Los menores han de ser protegidos. La privación de libertad a edades tempranas es una barbaridad. Los que deberían ser castigados son los tutores legales de esos menores porque posiblemente no solo no los eduquen bien, sino que les estén utilizando para evadir la acción de la justicia. Los delitos económicos de escasa cuantía tampoco necesitan de privación de libertad. Que le pongan una buena multa a los padres cada vez que el crío robe y verás como en casa le ponen las pilas al crío. No se trata de ser duro o blando. Se trata de ser justo con las víctimas y de ser efectivo contra el crimen. No se está siendo efectivo y no es que la justicia sea blanda, es que no hay voluntad de castigar la reincidencia y la policía no puede hacer más con las leyes que hay. Para colmo la justicia es superlenta y así se pierde el valor disuasorio de la misma, una vez que la justicia empieza a caer sobre una persona que vive del crimen, ya le empieza a caer de todo y ya no puede levantar cabeza porque se le van acumulando las causa pendientes.

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